FACULTADES DE LOS REGIDORES
Son facultades de los Regidores.
I.- Asistir a las sesiones de cabildo con voz y voto.
II.- Representar los intereses de la población .
III.- Proponer al Ayuntamiento medidas para el mejoramiento de los servicios municipales.
III.- Vigilar y controlar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento, debiendo informar a éste de sus gestiones.
IV.- Desempeñar las comisiones que el Ayuntamiento les encargue e informarle a éste de sus resultados.
V.- Concurrir a las ceremonias cívicas y demás actos oficiales.
VI.- Guardar respeto en el recinto oficial durante las sesiones y en cualquier acto publico al que asistan con motivo de sus funciones. Las peticiones las formularan con respeto.
VII.- Las demás que les otorguen las leyes.
Lo anterior es con base al articulo 45 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala. |